CURSO MENTA-PROFESORES EN SALUD
Somos estudiantes de profesorados de comunicación visual y Educación Musical ,pero como futuras docentes nos preocupa otras temáticas que vemos en los centros educativos como la salud sexual y las prácticas de alimentación,por ello indagamos sobre los mismos.
viernes, 3 de julio de 2015
ENTREVISTA A PROFESORA REFERENTE EN EDUCACION SEXUAL MYRIAM DA SILVA
https://drive.google.com/file/d/0B4NS9XhBhN3gRWxNNjBtVjc4TzA/view?usp=sharing
Programa de Educación Sexual
Cometidos
En marzo de 2006 se constituye
la Comisión de Educación Sexual con el cometido de “elaborar un proyecto
programático que apunta a la incorporación de la educación sexual en el proceso
educativo integral de las y los alumnos, basado en un contexto de Desarrollo,
Salud y Derechos que potencie la construcción de ciudadanía” (Anexo 1, Res.
1-100213/05).
Como fruto del trabajo de la
Comisión, se elaboró la propuesta titulada: “La incorporación de la educación
sexual en el sistema educativo formal: una propuesta de trabajo”, que fue
aprobada por las autoridades del CODICEN en noviembre de 2006. A partir de
dicha aprobación, el CODICEN, por Resolución Nº 1 del Acta Extraordinaria Nº 35
de fecha 16 de noviembre de 2006, puso en marcha un Programa Nacional de Educación
Sexual, con el que comenzó a hacerse efectiva la incorporación de la temática
al proceso educativo en todos los niveles de la educación formal.
Trabajo hacia el
sistema educativo
Objetivo: Implementar y consolidar la incorporación de la
Educación Sexual en todos los niveles de la Educación Pública, integrada a la
formación de las y los educandos, de forma progresiva, permanente, articulada
en su pasaje por el Sistema.
Meta: La Educación Sexual
instalada en el Sistema en un contexto de Derechos, Ciudadanía, Desarrollo con
Equidad, con calidad académica y solvencia profesional y articulación en los
distintos niveles del Sistema.
Durante los años 2007 y 2008 se
produjo la consolidación de las Propuestas Curriculares, se constató la
factibilidad y validez de la propuesta llevada a cabo desde el Programa de
Educación Sexual, que se proyectó longitudinal y transversalmente en todo el
sistema educativo. No obstante, debe destacarse que las propuestas concretas
destinadas a estudiantes y ya en funcionamiento se ubican en el nivel de
Enseñanza Media, a través de Talleres de Educación de la Sexualidad en los
Ciclos Básicos de CETP y Docentes Referentes en el CES, con Programas definidos
y en marcha.
En Formación Docente se ha definido la existencia de
un Seminario obligatorio en el Tronco Común y un Seminario a los alumnos de 4º
año, de carácter voluntario. Además, se ha conformado un grupo de docentes
referentes en los Centros e Institutos de Formación Docente a nivel nacional.
En el CEIP, ya se cuenta con
más de un centenar de Docentes Referentes, en su mayoría integrantes del Cuerpo
Inspectivo o Maestros Directores. Asimismo, se destaca la inclusión de esta
temática en el nuevo diseño curricular de Educación Inicial y Primaria.
El Programa de Educación
Sexual se ha incorporado a la Dirección Sectorial de Planeamiento Educativo
para el logro de la total y plena incorporación de la temática a la dinámica
del sistema educativo.
Asimismo, se ha iniciado la producción de
conocimiento y profundización conceptual y didácticometodológica, que ofrecerá
los insumos necesarios para incrementar la calidad del proceso educativo
ofrecido, articulando estrechamente con el Área de Perfeccionamiento y Estudios
Superiores de la Dirección Formación y Perfeccionamiento Docente.
Integración
Mtro. Diego Rossi –
Coordinador
Ana Laura Fernández Asistente Técnico
Lic. Alicia Benitez –
Bibliotecóloga
Comisiones de Educación
Sexual Representantes
Mtra. María del Carmen Aranda
– Consejo de Educación Primaria
Profa. Yannine Benitez –
Consejo de Educación Secundaria
Profa. Roxana Piñeyro –
Consejo de Educación Técnico Profesional
Profa. Beatriz Abero –
Consejo de Formación en Educación
Las
Comisiones de Educación Sexual de los diversos Subsistemas se constituyen como
referentes sustanciales en la operativización de las acciones establecidas.Como
apoyo, sustento y enriquecimiento de la implementación curricular se está en la
etapa final de puesta en marcha del Centro de Referencia y Documentación, en
Montevideo y en cada capital departamental del interior del paísEducación para la salud- PRINCIPALES HALLAZGOS
Alumnas: Mariel Bradford- Ivonne Duffaut
Curso Menta.
Educación para la Salud:
Principales hallazgos:
- Alimentación (uso de la sal)
- Educación sexual
- Droga
- Ley de salud reproductiva.
Alimentación:
Concepto o Definición: La alimentación, se puede decir que este es el proceso mediante el cual los seres vivos consumen diferentes tipos de alimentos con el objetivo de recibir los nutrientes necesarios para sobrevivir. Estos nutrientes son los que luego se transforman en energía y proveen al organismo vivo que sea de aquellos elementos que requiere para vivir. La alimentación es, por tanto, una de las actividades y procesos más esenciales de los seres vivos ya que está directamente relacionada con la supervivencia.
... via Definicion ABC http://www.definicionabc.com/salud/alimentacion.php
La alimentación siempre es un acto voluntario y por lo general, llevado a cabo ante la necesidad fisiológica o biológica de incorporar nuevos nutrientes y energía para funcionar correctamente. Los tipos de alimentación pueden variar de acuerdo al tipo de ser vivo del que estemos hablando. En este sentido, debemos mencionar:
- Alimentación herbívora (aquella que se sustenta sólo de plantas)
- Alimentación carnívora (que recurre sólo a la carne de otros animales)
- Alimentación omnívora (combinación de las dos anteriores y característica del ser humano).
... via Definicion ABC http://www.definicionabc.com/salud/alimentacion.php
El uso de la sal en la alimentación:
- La sal es posiblemente el aditivo más antiguo y más utilizado en alimentación, y uno de los principales pilares de la cocina en casi cualquier cultura del mundo.
- Algunos autores culinarios mencionan que el arte de la cocina, es quizás, conseguir saber con certeza cuando se ha de aplicar la sal a los alimentos, conocer la proporción exacta y, la sal más aconsejable en función de las circunstancias.
- Otro alimento que emplea relativamente cantidades de sal como ingrediente durante su elaboración, son algunas variedades de pan. Se emplea como ingrediente en pastelería debido a su efecto reforzante de sabor, sobre todo del dulce y es por esta razón por la que se encuentra en pequeñas dosis en las masas de los pasteles. Es empleada también en la industria de los refrescos.
- El descubrimiento de la sal como conservante es muy posible que se realizara al azar al observar que un alimento abandonado en salar perduraba más tiempo que uno abandonado al aire.
- En algunos casos llegan a mezclar la sal con diferentes especias para que el curado de los alimentos, además, tenga un gusto final aromático. Del mismo modo, algunos alimentos se elaboran con grandes cantidades de sal para aumentar su durabilidad y poder prolongar su utilidad como alimento, ejemplos son el jamón (típico de la Península Ibérica, especialmente España, y muy popular en otras elaboraciones en culturas de origen celta) y el queso.
- En el mundo entero es famosa la necesidad de sal para la elaboración del queso. Se trata de un lácteo que posee capacidades de perdurar en el tiempo debido a su concentración salina, entre otras propiedades. La concentración necesaria para conservar el queso es aproximadamente de un 2% de su propio peso (esta cantidad puede variar según las costumbres y los lugares).
La sal puede ser dañina o beneficiosa para la salud. Mirá lo que dicen los expertos.
EN CONTRA
Cáncer estomacal
Un estudio realizado por el Instituto de Investigación del Centro Nacional del Cáncer de Japón reveló que los hombres que hacían una dieta rica en sal corrían el doble de riesgo de contraer cáncer de estómago que los que ingerían poca sal. El exceso de sodio puede causar gastritis atrófica, una inflamación crónica de la mucosa del estómago que predispone a padecer cáncer.
Hipertensión
La sal hace que los riñones retengan líquidos, y esto aumenta la presión arterial. Un estudio llevado a cabo por el Instituto Nacional de Cardiología, Neumología y Hematología de Estados Unidos mostró que cambiar una dieta abundante en sal por una escasa en sal puede reducir la presión arterial de una persona tanto como si tomara medicamentos.“Por regla general, un medicamento reduce la presión sistólica alrededor de 10 mmHg”. Sin embargo, hay pruebas científicas de que la mayoría de las personas pueden mantener una presión arterial normal sea cual sea su consumo de sodio; sólo las que son sensibles a la sal experimentan un aumento de la presión si ingieren mucha sal. Con todo, el consenso entre los expertos es que conviene reducir el consumo. “El concepto de ‘sensibilidad a la sal’ aún está por demostrarse”, dice Obarzanek, “y no hay un modo confiable de determinar a quién afecta”.
Daño óseo
“Una dieta rica en sal aumenta la pérdida de calcio por la orina”, dice Caryl Nowson, profesora de la Facultad de Ciencias del Ejercicio y la Nutrición de la Universidad Deakin, en Australia, y portavoz de su país ante la organización World Action on Salt and Health (WASH). La excreción excesiva de calcio hace que aumente su absorción en los intestinos, y el cuerpo lo compensa usando el calcio de los huesos.
Mayor ingestión de calorías
“La sal es el principal generador de sed”, señala Graham MacGregor, presidente de WASH y profesor de medicina cardiovascular en el Hospital Saint George, en Londres, “y muchas personas calman esa sed con gaseosas, por lo general con azúcar”.
Las investigaciones de este experto han demostrado que los chicos que reducen a la mitad su consumo de sal toman dos gaseosas menos por semana, en promedio, lo cual reduce su ingestión de azúcar y más de 240 calorías en su dieta. “Se observa el mismo efecto en personas adultas”, asegura.
A FAVOR
Protege el corazón
En contra de la opinión de que el exceso de sal hace daño, investigadores de la Escuela Superior de Medicina Albert Einstein, en Nueva York, afirman que el cloruro de sodio podría protegernos de las enfermedades cardiovasculares (ECV). Está demostrado que consumir menos sal reduce la presión arterial, pero, según Michael Alderman, profesor de Medicina de esa institución, no hay garantía de que proteja de las ECV. “No tenemos ninguna prueba de que una dieta baja en sodio contribuya a mejorar la salud”, señala. “Por el contrario, una concentración baja de sal en la sangre aumenta la secreción de renina plasmática, enzima que activa la producción de angiotensina 2, una sustancia que daña los vasos sanguíneos.
“A menor consumo de sal, mayor producción de angiotensina 2. Sobre la base de lo que sabemos, yo no les recomendaría a las personas aumentar su ingestión de sal, pero tampoco les aconsejaría que la redujeran”.
Estimula el cerebro
La principal causa prevenible de retraso mental en recién nacidos y bebés es la deficiencia de yodo, elemento que se suele añadir a la sal. Sin embargo, varios estudios revelan que muchas personas, sobre todo mujeres en edad fértil, no ingieren suficiente yodo.
El profesor Jack Ling, presidente del Consejo Internacional para el Control de las Enfermedades por Deficiencia de Yodo, dice que los alimentos nos aportan sólo cantidades mínimas de yodo, pero que necesitamos ingerir este mineral con frecuencia porque no se almacena en nuestro cuerpo durante períodos largos: “Podemos agregar yodo al agua, al pan y a otros alimentos, pero las cantidades que cada persona ingiere varían. Como nos gusta la sal, consumirla es la mejor manera de prevenir la deficiencia”.
Optimiza el ejercicio
La sal regula la hidratación del cuerpo y las funciones nerviosas y musculares, dice Larry Kenney, profesor de Fisiología en la Universidad Estatal de Pensilvania. Además, nos hace beber más después de hacer ejercicio. “La sal de las bebidas deportivas ayuda a mantener la sed. Si uno toma agua simplemente hasta saciar la sed, lo más probable es que no recupere todos los líquidos perdidos”, explica.
Sin embargo, las bebidas con sal no son buenas para todos. “Mientras que los deportistas de alto nivel necesitan más sodio para rendir al máximo, a la persona promedio le alcanza la cantidad de sodio presente en los alimentos no procesados y sin sal para satisfacer su requerimiento básico”, dice Nancy Cook, directora de estudios sobre hipertensión y enfermedades cardiovasculares de la Facultad de Medicina de la Universidad Harvard.
Power Point
Educación Sexual:
Concepto:
- Educación sexual hace referencia al conjunto de actividades relacionadas con la enseñanza, la difusión y la divulgación acerca de lasexualidad humana en todas las edades del desarrollo, el aparato reproductor femenino y masculino, la orientación sexual, las relaciones sexuales, la planificación familiar y el uso de anticonceptivos, el sexo seguro, la reproducción y, más específicamente, la reproducción humana, los derechos sexuales y los derechos reproductivos, los estudios de género y otros aspectos de la sexualidad humana, con el objetivo de alcanzar una satisfactoria salud sexual y reproductiva.
Droga:
Definición o concepto:
Una droga es una sustancia vegetal, mineral o animal que tiene efecto estimulante, alucinógeno, narcótico o deprimente. Se conoce como droga blanda a aquélla que tiene un bajo grado adictivo, como el cannabis, mientras que una droga dura es fuertemente adictiva (como la cocaína y la heroína).
Por otra parte, las drogas son las materias primas de origen biológico que se utilizan, ya sea de manera directa o indirecta, para la elaboración de medicamentos. La composición química de la droga brinda una acción farmacológica que resulta útil para la terapia.
A nivel general, se conoce como droga a las sustancias que, al ser introducidas en el organismo, pueden alterar o modificar sus funciones. Las personas pueden tomar drogas por el placer que les generan, aunque la suspensión del consumo genera un malestar psíquico. La ingesta excesiva de drogas, por otra parte, tiene consecuencias negativas para el cuerpo. Se conoce como drogodependencia a la necesidad de consumir drogas para obtener sensaciones placenteras o eliminar algún tipo de dolor.
- Depresoras (inhiben su funcionamiento y generan lentitud en la actividad nerviosa, como el alcohol, la morfina, la metadona y la heroína).
- Estimulantes (incrementan las funciones corporales y excitan el sistema nervioso central, como ocurre con la cocaína, la cafeína, la nicotina y la anfetamina).
- Alucinógenas (perturban la conciencia y deforman la percepción, como lo hacen el LCD y el peyote).
Cabe destacar que existen drogas legales que pueden comprarse de forma libre o bajo prescripción médica, mientras que otras drogas son ilegales (sólo pueden adquirirse en el mercado negro).
Ley de salud reproductiva:
Ley Nº 18.426
DEFENSA DEL DERECHO A LA SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA
NORMAS
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN:
CAPÍTULO I
De los Derechos Sexuales y Reproductivos
Artículo 1º. (Deberes del Estado).- El Estado garantizará condiciones para el ejercicio pleno de los derechos sexuales y reproductivos de toda la población. A tal efecto, promoverá políticas nacionales de salud sexual y reproductiva, diseñará programas y organizará los servicios para desarrollarlos, de conformidad con los principios y normas que se establecen en los artículos siguientes.
Artículo 2º. (Objetivos generales).- Las políticas y programas de salud sexual y reproductiva tendrán los siguientes objetivos generales:
a)
|
universalizar en el nivel primario de atención la cobertura de salud sexual y reproductiva, fortaleciendo la integralidad, calidad y oportunidad de las prestaciones con suficiente infraestructura, capacidad y compromiso de los recursos humanos y sistemas de información adecuados;
|
b)
|
garantizar la calidad, confidencialidad y privacidad de las prestaciones; la formación adecuada de los recursos humanos de la salud tanto en aspectos técnicos y de información como en habilidades para la comunicación y trato; la incorporación de la perspectiva de género en todas las acciones y las condiciones para la adopción de decisiones libres por parte de los usuarios y las usuarias;
|
c)
|
asegurar el respeto a los derechos sexuales y reproductivos de las personas institucionalizadas o en tratamiento asistencial, como parte de la integralidad bio-sico-social de la persona;
|
d)
|
capacitar a las y los docentes de los ciclos primario, secundario y terciario para la educación en el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos como parte de una ciudadanía plena y en el respeto de los valores de referencia de su entorno cultural y familiar;
|
e)
|
impulsar en la población la adopción de medidas de promoción de la salud y de prevención de la enfermedad y estimular la atención institucional de los temas prioritarios en salud sexual y reproductiva;
|
f)
|
promover la coordinación interinstitucional y la participación de redes sociales y de usuarios y usuarias de los servicios de salud para el intercambio de información, educación para la salud y apoyo solidario.
|
Artículo 3º. (Objetivos específicos).- Son objetivos específicos de las políticas y programas de salud sexual y reproductiva:
a)
|
difundir y proteger los derechos de niños, niñas, adolescentes y personas adultas en materia de información y servicios de salud sexual y reproductiva;
|
b)
|
prevenir la morbimortalidad materna y sus causas;
|
c)
|
promover el parto humanizado garantizando la intimidad y privacidad; respetando el tiempo biológico y psicológico y las pautas culturales de la protagonista y evitando prácticas invasivas o suministro de medicación que no estén justificados;
|
d)
|
promover el desarrollo de programas asistenciales con la estrategia de disminución del riesgo y daño que incluyen un protocolo en la atención integral a los casos de "embarazo no deseado-no aceptado" desde un abordaje sanitario comprometido con los derechos sexuales y reproductivos como derechos humanos;
|
e)
|
promover la maternidad y paternidad responsable y la accesibilidad a su planificación;
|
f)
|
garantizar el acceso universal a diversos métodos anticonceptivos seguros y confiables;
|
g)
|
incluir la ligadura tubaria y la vasectomía con consentimiento informado de la mujer y del hombre, respectivamente;
|
h)
|
fortalecer las prestaciones de salud mental desde la perspectiva del ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos, la prevención de la violencia física, sicológica, sexual y las conductas discriminatorias;
|
i)
|
prevenir y tratar las enfermedades crónico-degenerativas de origen genito-reproductivas;
|
j)
|
promover climaterios saludables desde la educación para la salud;
|
k)
|
prevenir y reducir el daño de las infecciones de transmisión sexual;
|
l)
|
prevenir y reducir el daño de los efectos del consumo de sustancias adictivas legales e ilegales.
|
Artículo 4º. (Institucionalidad y acciones).- Para el cumplimiento de los objetivos generales y específicos enumerados en los artículos 2º y 3º de la presente ley, corresponde al Ministerio de Salud Pública:
a)
|
1.
|
dictar normas específicas para la atención integral de la salud sexual y reproductiva de niños, niñas y adolescentes y capacitar los recursos humanos para los servicios correspondientes;
|
2.
|
impulsar campañas de promoción del ejercicio saludable y responsable de los derechos sexuales y reproductivos;
| |
3.
|
implementar acciones de vigilancia y control de la gestión sanitaria en salud sexual y reproductiva en el nivel local y nacional;
| |
4.
|
desarrollar acciones de vigilancia epidemiológica de los eventos que afectan la salud sexual y reproductiva;
| |
5.
|
fortalecer el sistema de información sanitario como herramienta para conocer el desarrollo nacional de la salud sexual y reproductiva de la población;
| |
6.
|
promover la investigación en salud sexual y reproductiva como insumo para la toma de decisiones políticas y técnicas.
| |
b)
|
1.
|
Promover la captación precoz de las embarazadas para el control de sus condiciones de salud;
|
2.
|
implementar en todo el territorio nacional la normativa sanitaria vigente (Ordenanza 369/04, de 6/8/2004 del MSP) acerca de la atención integral en los casos de embarazo no deseado-no aceptado, denominada "Asesoramiento para la maternidad segura, medidas de protección materna frente al aborto provocado en condiciones de riesgo";
| |
3.
|
dictar normas que incluyan el enfoque de derechos sexuales y reproductivos para el seguimiento del embarazo, parto, puerperio y etapa neonatal;
| |
4.
|
promover la investigación y sistematización sobre las principales causas de mortalidad materna, incluidos los motivos de la decisión voluntaria de interrupción del embarazo y métodos utilizados para concretarla.
| |
c)
|
Brindar información suficiente sobre el trabajo de parto, parto y post parto, de modo que la mujer pueda elegir las intervenciones médicas si existieren distintas alternativas.
| |
d)
|
1.
|
Promover la participación comprometida de los hombres en la prevención de la salud de las mujeres, así como en la maternidad y paternidad responsables;
|
2.
|
promover cambios en el sistema de salud que faciliten a los hombres vivir plenamente y con responsabilidad su sexualidad y reproducción.
| |
e)
|
1.
|
Apoyar a las parejas y personas en el logro de sus metas en materia de sexualidad y reproducción, contribuyendo al ejercicio del derecho a decidir el número de hijos y el momento oportuno para tenerlos;
|
2.
|
protocolizar la atención sanitaria en materia de anticoncepción e infertilidad.
| |
f)
|
1.
|
Brindar atención integral de calidad y derivación oportuna a las personas de cualquier edad que sufran violencia física, sicológica o sexual, en los términos de la Ley Nº 17.514, de 2 de julio de 2002 y del Plan Nacional de Lucha contra la Violencia Doméstica y Sexual;
|
2.
|
detectar la incidencia en la morbi-mortalidad materna de la violencia física, sicológica y sexual, a los efectos de fijar metas para su disminución;
| |
3.
|
protocolizar la atención a víctimas de violencia física, sicológica y sexual;
| |
4.
|
incorporar a la historia clínica indicadores para detectar situaciones de violencia física, sicológica o sexual.
| |
g)
|
Impulsar campañas educativas de prevención de las enfermedades crónico degenerativas de origen génito-reproductivo desde la perspectiva de la salud sexual y reproductiva.
| |
h)
|
Dictar normas para la atención integral de la salud de hombres y mujeres en la etapa del climaterio, incorporando la perspectiva de género y los derechos sexuales y reproductivos, con el objetivo de mejorar la calidad de vida y disminuir la morbi-mortalidad vinculada a patologías derivadas de esta etapa del ciclo vital.
| |
i)
|
1.
|
Promover en todos los servicios de salud sexual y reproductiva la educación, información y orientación sobre los comportamientos sexuales responsables y los métodos eficaces de prevención de las infecciones de transmisión sexual en todas las etapas etarias;
|
2.
|
proporcionar a las mujeres desde antes de la edad reproductiva la información y los tratamientos necesarios para evitar la transmisión de las Infecciones de Transmisión Sexual (ITS) en situaciones de embarazo y parto;
| |
3.
|
impulsar campañas educativas que combatan la discriminación hacia las personas que conviven con enfermedades de transmisión sexual, y proteger sus derechos individuales, incluyendo el derecho a la confidencialidad;
| |
4.
|
investigar y difundir los resultados sobre la incidencia y mecanismos de transmisión del VIH-SIDA y otras Infecciones de Transmisión Sexual (ITS) en diferentes grupos poblacionales, incluidos los recién nacidos, con miras a focalizar las acciones de autocuidado específicas.
|
Artículo 5º. (Coordinación).- En el cumplimiento de los objetivos establecidos en los artículos 2º y 3º de la presente ley, así como en la ejecución de las acciones a su cargo, el Ministerio de Salud Pública coordinará con las dependencias del Estado que considere pertinentes.
Artículo 6º. (Universalidad de los servicios).- Los servicios de salud sexual y reproductiva en general y los de anticoncepción en particular, formarán parte de los programas integrales de salud que se brinden a la población. Dichos servicios contemplarán:
a)
|
la inclusión de mujeres y varones de los diferentes tramos etarios en su población objetivo;
|
b)
|
el involucramiento de los sub-sectores de salud pública y privada;
|
c)
|
la jerarquización del primer nivel de atención;
|
d)
|
la integración de equipos multidisciplinarios;
|
e)
|
la articulación de redes interinstitucionales e intersectoriales, particularmente con el sector educativo;
|
f)
|
la creación de servicios de atención a la salud sexual y reproductiva para el abordaje integral de los derechos sexuales y reproductivos como derechos humanos.
|
CAPÍTULO II
Disposiciones finales
Artículo 7º.- Incorpórase al Código de la Niñez y la Adolescencia el siguiente artículo:
"ARTÍCULO 11 bis. (Información y acceso a los servicios de salud).- Todo niño, niña o adolescente tiene derecho a la información y acceso a los servicios de salud, inclusive los referidos a la salud sexual y reproductiva, debiendo los profesionales actuantes respetar la confidencialidad de la consulta y ofrecerle las mejores formas de atención y tratamiento cuando corresponda.
| |
De acuerdo a la edad del niño, niña o adolescente se propenderá a que las decisiones sobre métodos de prevención de la salud sexual u otros tratamientos médicos que pudieran corresponder, se adopten en concurrencia con sus padres u otros referentes adultos de su confianza, debiendo respetarse en todo caso la autonomía progresiva de los adolescentes.
| |
En caso de existir riesgo grave para la salud del niño, niña o adolescente y no pudiera llegarse a un acuerdo con éste o con sus padres o responsables del mismo en cuanto al tratamiento a seguir, el profesional podrá solicitar el aval del Juez competente en materia de derechos vulnerados o amenazados de niños, niñas y adolescentes, quien a tales efectos deberá recabar la opinión del niño, niña o adolescente, siempre que sea posible".
|
Artículo 8º. (Derogaciones).- Deróganse todas las disposiciones que se opongan a lo dispuesto en la presente ley.
Sala de Sesiones de la Asamblea General, en Montevideo, a 20 de noviembre de 2008.
JOSÉ MUJICA,
Presidente.
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
Montevideo, 1º de diciembre de 2008.
De acuerdo a lo dispuesto por el artículo 145 de la Constitución de la República, cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se establecen normas relacionadas con la salud sexual y reproductiva.
TABARÉ VÁZQUEZ.
MARÍA JULIA MUÑOZ.
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